DEDUCCIÓN CAMPAÑA RENTA 2025

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La deducción por maternidad en el IRPF permite a las madres trabajadoras con hijos menores de tres años reducir su cuota diferencial hasta en 1.200 euros anuales por cada hijo, con la posibilidad de percibirla de forma anticipada a razón de 100 euros mensuales. Para poder aplicarla, es necesario estar realizando una actividad por cuenta propia o ajena y estar dada de alta en la Seguridad Social o en una mutualidad.

Adicionalmente, existe un incremento de esta deducción de hasta 1.000 euros anuales por gastos de guardería o centros de educación infantil autorizados. Este incremento se calcula en función de las cantidades efectivamente satisfechas y de los meses completos en los que el menor haya asistido al centro. No es necesario realizar ninguna solicitud específica, ya que la Agencia Tributaria lo incorpora automáticamente en la declaración a partir de la información facilitada por los centros educativos mediante el Modelo 233.

Asimismo, en la Comunidad Valenciana, los contribuyentes pueden aplicar una deducción autonómica adicional por las cantidades destinadas a la custodia no ocasional de hijos menores de tres años en guarderías o centros de primer ciclo de educación infantil. Esta deducción permite desgravar el 15% de los gastos satisfechos, con un límite máximo de 297 euros anuales por cada hijo.

Para poder beneficiarse de esta deducción autonómica es necesario, con carácter general, que el menor esté inscrito en un centro autorizado y que los progenitores realicen una actividad laboral, ya que se trata de una medida vinculada a la conciliación familiar.

Además, esta deducción está condicionada por los niveles de renta del contribuyente. El importe máximo de 297 euros se aplica íntegramente cuando la suma de la base liquidable general y del ahorro es inferior a 27.000 euros en tributación individual o 44.000 euros en tributación conjunta.

Cuando la base liquidable se sitúa entre 27.000 y 30.000 euros (individual) o entre 44.000 y 47.000 euros (conjunta), la deducción se reduce progresivamente mediante un coeficiente corrector, disminuyendo el importe máximo a medida que aumenta la renta hasta desaparecer completamente al superar dichos límites.

Esta deducción autonómica es plenamente compatible con la deducción estatal por maternidad y con el incremento por gastos de guardería, lo que permite alcanzar un importante ahorro fiscal conjunto. En este sentido, la combinación de todas las deducciones puede suponer un apoyo relevante para las familias con hijos pequeños, favoreciendo la conciliación laboral y reduciendo la carga fiscal en la Renta 2025.

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